A- de 2007
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Guillermo Bueno Miranda Presidente Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter extraordinario y excepcional solo si se logra comprobar la ostensible variación de la línea jurisprudencia o el grave desconocimiento del debido proceso
- Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo y por violación al debido proceso
- Formulación dentro del término de ejecutoria
- Improcedencia por argumentar aspectos interpretativos de fondo y no de cambio de jurisprudencia
- Solicitante debe argumentar el desconocimiento de la línea jurisprudencial
- Improcedencia
- No está atada a interpretaciones de otras salas de la misma corporación
- Improcedencia para que se abra nuevamente debate tramitado en acción de tutela T-800/06
- No es instancia adicional para ventilar o revivir inconformidades
- Causales
- Concepto
- Causales y manifestación
- Se alimenta de la interpretación que de ella hace la jurisprudencia en sus respectivas jurisdicciones y para el tema concreto
- Presupone que se presente una jurisprudencia en vigor
- Aplicación analogía del procedimiento aplicable a la revisión de fallos de tutela para preservar la vigencia de las garantía procesales
- Están cobijadas por el principio de la cosa juzgada
- Improcedencia de recursos
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DENEGAR la solicitud de nulidad hecha por Guillermo Bueno Miranda, Presidente de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, de la sentencia T-800 de 2006, proferida por la Sala Primera de Revisión de esta Corporación dentro de las acciones de tutela instauradas por los señores Álvaro Enrique Rodríguez Bolaños y José María Armenta Fuentes contra la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, con citación oficiosa del señor Salomón Vergara Díaz.
- Notifíquese, Cúmplase e
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.